Bienes Personales: finalmente, los inmuebles rurales quedaron exentos del impuesto
Se impuso una modificación para eliminar definitivamente el cobro de ese gravamen a los inmuebles rurales, luego de haber evaluado, un paso intermedio.
Junto con la media sanción del Presupuesto 2019, la Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado tres proyectos complementarios a la «ley de leyes», incluyendo la suba del mínimo no imponible del impuesto a los Bienes Personales y a su vez se establece un esquema de progresividad del tributo.
En ese marco, también se impuso una modificación para eliminar definitivamente el cobro de ese gravamen a los inmuebles rurales, luego de haber evaluado, como paso intermedio, la posibilidad del pago a cuenta de Ganancias.
Con los cambios dispuestos en Bienes Personales se estableció que aquellos que declaren bienes por entre $2.000.000 y $5.000.000 pagarán una tasa de 0,25%; de $5.000.000 a $10.000.000 tributarán 0,50%, y a partir de los $20.000.000, la tasa será de 0,75%.
El dictamen original preveía que los propietarios del campo dejaran de percibir este beneficio, pero en el tratamiento en particular primó el pedido de un sector de la oposición y del oficialismo para que sigan afuera del régimen.
El argumento que se esgrimió es que el campo ya viene realizando un «esfuerzo» por la suspensión de la rebaja prevista en retenciones, por lo que no sería prudente incrementarle la presión impositiva.
La aprobación de la reforma de Bienes Personales es parte de un paquete fiscal que incluyó también la sanción del proyecto que le pone un freno al ajuste por inflación de los balances de las empresas, la adenda al Consenso Fiscal y el nuevo régimen del monotributo social para pequeños productores tabacaleros y cañeros.
La adenda, que desarma parcialmente el Pacto Fiscal firmado el año pasado por los gobernadores, flexibiliza ese acuerdo de manera tal de incrementar la recaudación de las provincias, por ejemplo postergando la rebaja del impuesto a los Sellos.
Esta reforma de la ley de Ganancias fue avalada por 140 votos afirmativos, 22 negativos y 23 abstenciones, mientras que el revalúo de Ganancias por inflación cosechó 139 afirmativos, 36 negativos y 8 abstenciones.
El año pasado, el Congreso había modificado la ley de Ganancias de manera tal de habilitar a las empresas a ajustar sus balances a la inflación por única vez cuando el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) superara el 100% en tres años, o cuando en cada período se superara el 33% anual.
Como ese porcentaje de inflación se superó en agosto último, la reforma dictaminada eleva el tope que activa la cláusula gatillo del ajuste por inflación, pasando del 33% al 55% para este año, al 30% para 2019 y al 15% para 2020.
Finalmente, el nuevo régimen de monotributo social para pequeños productores cañeros y tabacaleros recibió un amplio apoyo, con 183 votos positivos, uno sólo negativo y una abstención.
FUENTE: Iprofesional